El problema en la elección de los magistrados

El problema en la elección de los magistrados


Por Edmundo Orellana
Catedrático universitario

El proceso de elección de los magistrados de la Corte Suprema de Justicia, no siempre ha sido el mismo. En las constituciones de 1825, 1839 y de 1894, era competencia del pueblo hondureño seleccionarlos.

Nuestra primera Constitución, la de 1825, fue aprobada en el marco de la Constitución de la República Federal de Centroamérica de 1824, la que disponía que los integrantes de la Suprema Corte de Justicia Federal eran electos directamente por el pueblo; preceptuaba, también que en el “Poder Judiciario de los Estados” miembros, habría una “Corte Superior de Justicia”, compuesta por jueces electos popularmente. La Constitución de 1825, consecuente con esta disposición, señalaba que los integrantes de la “Corte Superior de Justicia” (tres jueces y un fiscal) eran electos popularmente, renovados por mitad cada dos años.

En la de 1839, la diferencia es que cada departamento del país nombra un miembro de la Corte Superior de Justicia.

En la de 1894, los denominados “magistrados de la Corte Suprema de Justicia” eran electos popularmente. Esta Constitución fue suprimida por el golpe de Estado perpetrado por el general Manuel Bonilla en 1904, y sustituida por la de 1906. Luego, fue decretada nuevamente su vigencia en el año 1908, con el triunfo de la denominada “Revolución Restauradora”.

Las demás constituciones consagraron el modelo que prevé la Constitución vigente, es decir, la elección de los magistrados en el seno del órgano legislativo.

El carácter electivo del cargo de magistrado de la Corte Suprema de Justicia no es, pues, algo nuevo. En el siglo XIX ese era el modelo que más vigencia tuvo.

Regresar al pasado no es recomendable, cuando las experiencias no son agradables. En el caso de Honduras estas experiencias desagradables las ofrece el presente, no el pasado. En efecto, si el resultado de las elecciones para escoger, en cada período presidencial a nuestros representantes ante el Congreso Nacional, es cada vez peor en calidad, nada indica que adoptando ese modelo del pasado, obtendremos mejores magistrados a la Corte Suprema de Justicia; por el contrario, el uso de los recursos publicitarios que hoy están a disposición del Poder, garantizarían la victoria de sus favoritos, es decir, los peores.

El sistema actual no es el mejor, pero es más seguro que el de la elección popular. Las fallas estructurales del sistema pueden ser superadas con simples ajustes legales.

El enredo en el que está empantanada esta elección, no viene del proceso en sí, sino de la pésima calidad de los negociadores, que, despreciando el mapa político actual, pretendieron imponer una planilla, violando flagrantemente la Constitución de la República.

Es, pues, nuestra cultura política la responsable. Que ha venido a menos, obviamente. Lo que se demuestra con el hecho de que en el pasado nuestros antecesores se pusieron de acuerdo para elegir popularmente los magistrados, y lo lograron. Es evidente, entonces, que su cultura política era más madura que la nuestra.

Con sus actitudes infantiles, los políticos han puestos en peligro la institucionalidad, porque la acefalía de la Corte supone el rompimiento del orden constitucional, por la falta de constitución de un Poder del Estado.

Cuando la institucionalidad peligra, los gobernantes se escudan en el principio “salus populi suprema lex est”, para justificar las medidas que contravienen lo establecido, incluso en la Constitución de la República. La solución que, en este caso, los políticos ofrecen, para salir del caos provocado por sus torpezas, es la de aceptar, como fatalmente necesaria, la violación a la Constitución de la República. Salida que se ha hecho costumbre.

Comentarios

Entradas populares