Confidencialidad y denuncia

Confidencialidad y denuncia


 Dado que, como reza el convenio suscrito entre el Gobierno de Honduras y la Maccih, la corrupción se ha vuelto una patología soc
La corrupción es un mal muy arraigado en el aparato estatal hondureño, de gobierno y de justicia, erradicarlo por completo parece una utopía, cercenarlo, cercarlo, hacerlo retroceder parece tarea de superhumanos, por lo que este paso, la suscripción de este convenio internacional, si juzgamos por los frutos producidos en Guatemala con la Cicig, podría dar a Honduras una nueva ruta. En Guatemala hay políticos presos, la Cicig ha prolongado su período y la aceptación ciudadana en términos de índices de popularidad ha acogido la Cicig como la última frontera de la lucha contra la corrupción. ¿Qué sucederá en Honduras?, ¿qué podemos esperar de la Maccih? Establecer las diferencias entre ambos tratados, los que dieron vida a la Cicig en Guatemala y la Maccih en Honduras, puede ser un punto de partida. En ese sentido, es determinante examinar las facultades legales que les fueron concedidas a ambas instancias, así como el poder de actuar por sí mismas dentro del sistema de justicia, como acusadores, perseguidores y protagonistas de primera línea en la lucha contra la corrupción. Un apartado que merece destacar, como lo ha estado ya demandando la Maccih es crear los mecanismos que permitan la denuncia de la corrupción, estableciendo pautas claras para la protección de quienes actúen como denunciantes o como víctimas de este flagelo; es urgente que se garantice la protección de quienes denuncian la corrupción y de quienes prestan su colaboración para llegar hasta el fondo de los actos de corrupción. En el Convenio de la Cicig en Guatemala la confidencialidad de la denuncia, del denunciante y los mecanismos de protección no están garantizados o pedidos al Estado, sino que es la misma Cicig la que garantiza por sí misma estos mecanismos; aquí la confidencialidad y la protección es solicitada al Estado, cuando es conocido que el Estado hondureño ha sido incapaz de establecer mecanismos propios de protección y confidencialidad.

Otra facultad es la capacidad de denuncia, que en el caso de Guatemala le fue otorgada como facultad intrínseca de la Cicig, mientras en el caso nuestro, la Maccih es una receptora de denuncias de corrupción ciudadana y los actos que obstaculicen sus funciones tienen que ser dirimidos internamente en las instituciones, mientras la Cicig con personalidad propia actúa directamente como denunciante directa y acusa a quienes obstaculizan su trabajo. Tendremos que dar un tiempo para poder establecer si los mecanismos de que se dotó a la Maccih responden a una realidad tan compleja como la hondureña o si fueron dados calculando que la Maccih no llegue más que a lo cosmético de la corrupción.

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