Las instancias judiciales anticorrupción y antiextorsión



Las instancias judiciales anticorrupción y antiextorsión

Por Edmundo Orellana
Catedrático universitario

La MACCIH no tiene confianza en los jueces de carrera, por lo que exigió a la Corte Suprema someter a concurso el cargo de juez para los recién creados juzgados anticorrupción y antiextorsión, en cuya evaluación participará.

Los abogados, según ha trascendido, no están interesados en participar en ese proceso, seguramente por el gravísimo riesgo que para el titular implica esta función, ya que en su ejercicio se enfrentará con el poder político y con el crimen organizado. Para motivar a los abogados, el Poder Judicial ofrece, a los que acepten, beneficios excepcionales (carros blindados, seguridad para la familia y jugosos sueldos). Curiosamente, no ofrece inamovilidad en el cargo, por lo que la permanencia en este dependerá del humor del presidente de la Corte, quien asumió las funciones del tristemente célebre Consejo de la Judicatura, las que, a falta de reglas a las que apegarse, puede ejercer caprichosamente.

La creación de estos juzgados es un logro relevante para la MACCIH porque, según dice, la CCIG pasó muchos años luchando para instituirlos en Guatemala. Es un logro destacable, sin duda. Sin embargo, el éxito de estos tribunales podría estar en riesgo por tres razones.

En primer lugar, porque las decisiones de esos jueces podrán ser revocadas o anuladas en apelación por magistrados que se encuentran en la misma condición por la que la MACCIH descartó a los jueces de carrera, entre los que posiblemente se encuentren algunos nombrados por el fenecido Consejo de la Judicatura, cuyo inicuo proceder, deslegitimó sus decisiones, tornándolas ignominiosas; asimismo, porque podrán ser revisadas también en casación, por los magistrados de la Corte Suprema, cuya elección, es un hecho notorio, fue promovida desde el Poder Ejecutivo, sin escatimar recursos y aplicando métodos reñidos con la Constitución, las leyes y la ética. En estas condiciones, el nombramiento de jueces anticorrupción y antiextorsión bajo la vigilancia de la MACCIH, no constituye ninguna garantía.

En segundo lugar, porque la MACCIH aún no somete a concurso la selección de los investigadores, peritos forenses y fiscales que trabajarán con ella y de quienes dependerá que el juicio se plantee adecuadamente para lograr el castigo del criminal. La condena al criminal, efectivamente, está condicionada a que la investigación sea profesional, se apliquen técnicas y tecnologías forenses pertinentes y se interpreten científicamente los resultados, se diseñen los requerimientos fiscales con los alegatos y fundamentos consecuentes con las investigaciones, los peritajes y el derecho, y se actúe diligentemente en las audiencias. De lo contrario, la causa se pierde, aunque la culpabilidad del imputado sea obvia y el juez sea el más sobresaliente de los escogidos por la MACCIH. Este último supuesto ocurriría si los tribunales anticorrupción y antiextorsión comenzaran hoy a funcionar, porque las investigaciones, peritajes y requerimientos fiscales estarían a cargo de personal no certificado por la MACCIH.

En tercer lugar, debe definirse si estos tribunales operarán con la Policía Militar, porque de ser así, según su ley constitutiva, estarán subordinados al jefe de ese cuerpo uniformado, siguiendo sus métodos y aplicando sus reglas, quien, a su vez, sigue órdenes del Presidente de la República, del Consejo de Defensa y Seguridad y del alto mando militar; en otras palabras, actuarían sin independencia, sometidos a directrices extrañas al Poder Judicial.

En conclusión, los jueces anticorrupción y antiextorsión se insertarán en un proceso inacabado de lucha contra la corrupción y la extorsión, y en una estructura cuestionada. Que no se duerman en sus laureles, entonces, quienes desde ya celebran con estruendosa fanfarria la victoria anticipada de la justicia contra la corrupción y la extorsión, porque falta mucho camino por recorrer, quizá el tramo más difícil por sinuoso y escabroso.

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