Gastos innecesarios en elecciones internas

Gastos innecesarios en elecciones internas
Por: Miguel Osmundo Mejía Erazo
*Profesor y periodista mosmundo10@hotmail.com
La Ley Electoral y de las Organizaciones Políticas en el Artículo 106 se lee: “Los partidos políticos en observancia a la ley deberán realizar procesos electorales internos para elegir sus autoridades. Los sistemas y mecanismos para llevar a cabo tales procesos, quedarán a criterio de los partidos políticos y deberán estar consignados en sus estatutos y reglamentos”. El Artículo 110 menciona que para la organización y realización de las elecciones internas la Autoridad Central de cada partido constituirá una Comisión Nacional Electoral con representación igualitaria de todos los movimientos inscritos. Por otra parte el Artículo 111 de la citada ley expresa: “Celebradas las elecciones internas, la Comisión Nacional Electoral, declarará electos a los ciudadanos que corresponda y los inscribirá ante la Autoridad Central del respectivo Partido Político y este lo notificará al Tribunal Supremo Electoral. Una vez inscrita, el Partido Político hará la publicación en el Diario Oficial La Gaceta”. Finalmente sobre las elecciones internas la ley establece que cualquier recurso contra las elecciones internas se deberá hacer ante las autoridades del partido o en su caso ante el Tribunal Supremo Electoral.

Así de simple como reza la Ley Electoral se deben realizar las elecciones internas, muy diferente las elecciones primarias y las generales que son dirigidas, controladas y supervisadas por el Tribunal Supremo Electoral con el apoyo de la Comisión Nacional Electoral del partido político respectivo. En las primarias se eligen los candidatos para los distintos cargos de elección popular, siempre que hayan movimientos en contienda caso contrario la autoridad del partido deberá comunicar al Tribunal Supremo Electoral, por tanto se da por hecho la no participación en la elecciones primarias debiendo inscribir los candidatos de elección popular hasta el período de las elecciones generales.

De los diez partidos legalmente reconocidos por el Tribunal Supremo Electoral, aparentemente solo cuatro van a elecciones primarias, estos son: el Partido Nacional, Partido Liberal, Libre y PAC, los otros partidos como la Democracia Cristiana, PINU y UD han participado en varias elecciones generales, pero nunca han participado en primarias por no tener movimientos internos en pugna y mediante sus propias asambleas se ponen de acuerdo para elegir sus candidatos, Alianza Patriótica y FAPER participaron en las elecciones generales del 2013 según los resultados no cumplieron con lo establecido en la ley pero la Corte Suprema los habilitó nuevamente pasándose sobre la ley y el Tribunal Supremo Electoral, el novel partido Vamos que seguramente no irá a elecciones primarias, pero sí participará en las generales de noviembre del 2017.

Los partidos pequeños como la DC, PINU y la UD no le han ocasionado gastos al Tribunal Supremo Electoral para elegir sus autoridades, tienen sus propios mecanismos sin causar gastos al pueblo hondureño porque ni en las primarias han participado y en estas se gastan más de cien millones de lempiras, y en las internas de Libre según datos que ha trascendido, el Tribunal Supremo Electoral que no está obligado según la ley a financiar las elecciones internas, invertirá unos treinta millones de lempiras que de mucho servirían para otras necesidades más urgentes que tiene el pueblo hondureño. Muchos analistas y amigos economistas han manifestado estar de acuerdo que las elecciones internas y aún las primarias sean financiadas por los mismos partidos políticos, pero con el dicho que la democracia es cara, tenemos en cargos de elección popular como decía el recordado doctor Hernán Corrales Padilla “caras muy caras”.

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